Cuando no estos, si no pagas tus cuotas y quieres portar, lo mejor será vender el equipo, tenía entendido que estaba prohibido bloquear el equipo por deudas, que estará pasando con Osiptel. CLÁUSULA DE PROPIEDAD DE EQUIPO: De conformidad con el Código Civil, telefónica y/o el Vendedor se reserva la propiedad del Equipo hasta que se haya pagado todo el precio, asumiendo el CLIENTE el riesgo de pérdida desde que lo recibe. Lo anterior no aplica en los casos en que el Vendedor sea un Retail. El CLIENTE podrá realizar el pago adelantado de cuotas pendientes de pago previa coordinación con telefónica. Para tales efectos, el CLIENTE podrá solicitar a telefónica que el pago antes indicado sea efectuado en la fecha de su solicitud. No se puede adelantar el pago si la cuota incluida ya fue incluida en su siguiente recibo.En caso de adelanto de cuotas, telefónica no efectuará el re-cálculo de las cuotas pendientes de pago por parte del CLIENTE, por lo que realizará el cobro de las cuotas no adelantadas en los sucesivos comprobantes de pago a ser emitidos al CLIENTE. Si el CLIENTE: (i) incumple con el pago de una (1) o más cuotas; (ii) da de baja el servicio móvil; o, (iii) si se da cualquiera de los eventos indicados en los literales a. al e. del numeral 3 anterior, antes de que el CLIENTE cumpla con pagar la totalidad de las cuotas de financiamiento, el financiamiento se resolverá automáticamente y telefónica podrán dar por vencidas todas las cuotas pendientes de pago e incluirán el íntegro de las cuotas en el último recibo, nota de débito u otro documento de cobro que se emita al CLIENTE, debiendo el CLIENTE pagar dicho importe en su totalidad dentro del plazo establecido. En caso de no pago de las cuotas pendientes, telefónica podrá comunicar inmediatamente dicho incumplimiento a las centrales de riesgo respectivas, sin perjuicio de las demás acciones legales que pueda ejercer. Asimismo, y en virtud del pacto de reserva de propiedad, en caso de no pago de cuotas pendientes conforme a lo indicado precedentemente, este contrato quedará resuelto de pleno derecho y el CLIENTE deberá devolver el Equipo a telefónica a más tardar a 5 días útiles de producida dicha resolución. telefónica retendrá, a título de indemnización, las cuotas que hubieran sido pagadas por el CLIENTE a la fecha de resolución. El CLIENTE deberá devolver el Equipo en óptimas condiciones sin más deterioro que el del uso ordinario y sin señales de haber sufrido golpes, humedad, ingreso de líquido o manipulación por persona no autorizada por el fabricante; caso contrario, telefónica se reserva el derecho de no aceptar la devolución y dar por perdido el Equipo. En caso de no devolución en dicho plazo, el Equipo se considerará perdido y telefónica podrá bloquearlo por pérdida.
Pero no es novedad antes ya han bloqueado aparatos solo en el operador de origen o sea con el que se incumple el pago o contrato.
Ojo que para portar no basta pagar por adelantado las cuotas restantes del equipo, tambien hay una penalidad por recorte de contrato, es similar a pagar un credito por adelantado, al final son condiciones crediticias y contractuales ya depende del usuario si toma un equipo a plazos con contrato o ahorra y te compras tu equipo contado y listo.
No, sólo Movistar Bloqueado por pérdida o robo hasta pueden tomar acciones legales poseer un equipo así, debería figurar BLOQUEADO POR DEUDA, no por pérdida.
No se me hace, para eso que vuelvan a vender equipos atados a un operador. Desde que los operadores venden equipos desbloqueados, los precios subieron y las políticas de fidelización se hicieron recutres. Que te bloqueen la línea, que lo hacen, pero que no te bloqueen el equipo porque éste es tuyo. Con la línea es distinto, se supone que ésta pertenece al operador y que tu haces goce y disfrute de ésta pagando el servicio.
Los operadores quisieron hacer eso como en Chile, pero osiptel se los prohibió. Los precios subieron cuando compraron las bandas para su volte, casi 50-60M de soles